26 de junio de 2017
SE PROMULGÓ LA LEY QUE QUITA LA RESPONSABILIDAD PARENTAL A FEMICIDAS
Cámara de Diputados de la Nación: Aprobación en general del proyecto de ley sobre privación de la responsabilidad parental a condenados por femicidio (26 de abril de 2017)
 Senado de la Nación: Sanción por unanimidad del proyecto de ley sobre privación de la responsabilidad parental a condenados por femicidio (31 de mayo de 2017)

Quedó promulgada, con la publicación en el Boletín Oficial, la ley 27.363, que contempla la quita de la responsabilidad parental a los condenados por femicidios. La norma incorpora al Código Civil y Comercial de la Nación el artículo 700 bis, que establece la privación de la responsabilidad parental para aquellos progenitores condenados por homicidio agravado por el vínculo, femicidios, lesiones graves y abuso sexual.

El artículo detalla que “cualquiera de los progenitores queda privado de la responsabilidad parental por:

a) Ser condenado como autor, coautor, instigador o cómplice del delito de homicidio agravado por el vínculo o mediando violencia de género conforme lo previsto en el artículo 80, incisos 1 y 11 del Código Penal de la Nación, en contra del otro progenitor;

b) Ser condenado como autor, coautor, instigador o cómplice del delito de lesiones previstas en el artículo 91 del Código Penal, contra el otro progenitor, o contra el hijo o hija de que se trata;

c) Ser condenado como autor, coautor, instigador o cómplice del delito contra la integridad sexual previsto en el artículo 119 del Código Penal de la Nación, cometido contra el hijo o hija de que se trata”.

La iniciativa fue impulsada originariamente por la senadora Marina Riofrío, quien en su momento explicó que el espíritu de la norma “es evitar que los hijos que pierden a su mamá a causa de un femicidio queden a cargo de su papá, es decir, del victimario”, y agregó que "es una medida de justicia y protección para los hijos que lograron sobrevivir al horror del femicidio".

Cabe recordar que, tras obtener la aprobación inicial en el Senado, el proyecto fue enviado a la Cámara de Diputados, donde se introdujo una serie de modificaciones a partir de un proyecto del diputado Daniel Lipovetzky. El pasado 26 de abril se giró a la Cámara alta. Fueron aceptados los cambios propuestos por Diputados y el 31 de mayo la ley obtuvo la sanción definitiva.

Los cambios introducidos por los diputados incluyeron, como motivos para la quita de la responsabilidad parental (antes definida como patria potestad), además del homicidio agravado por el vínculo, lesiones contra la madre o los hijos y el abuso sexual infantil. Además se incluyeron los delitos descriptos cuando se configuren en forma de tentativa.