Jornada Especial
20 de agosto de 2019
LA CONSTITUCIÓN DEL ´94: MIRADAS Y BALANCES DE SUS PROTAGONISTAS EN UNA JORNADA ESPECIAL
A 25 años de la Reforma Constitucional, los convencionales constituyentes expusieron cuáles fueron los criterios que la impulsaron, la historia y su contexto. También hubo un panel sobre Derechos Humanos.
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En conmemoración del 25° aniversario de la Reforma Constitucional, el Congreso de la Nación lleva adelante una serie de jornadas y exposiciones con importantes actores que lograron este hito para la Nación Argentina.

En un espacio de reflexión denominado “La Reforma Constitucional desde la mirada de distintos convencionales constituyentes”, expusieron esta tarde en el Salón Delia Parodi distintos convencionales constituyentes que participaron en la reforma de la Constitución nacional de 1994. La jornada tuvo como propuesta el análisis y la reflexión de los 25 años de la Reforma Constitucional con los protagonistas que la abordaron.

Como primera oradora expuso la arquitecta Elva Roulet, convencional constituyente por Bs. As., quien consideró al aniversario “como una ocasión de homenaje al presidente Raúl Alfonsín, quien propuso la creación del Consejo para la Consolidación de la Democracia”.

Roulet destacó especialmente los artículos 41 de protección del Medio ambiente, el artículo 42 de defensa a usuarios y consumidores, el artículo 43 que incorpora la acción de amparo, habeas corpus y el habeas data, y el artículo 75 inc. 17 sobre el reconocimiento a los pueblos indígenas argentinos. “Había 19 partidos políticos y eso dotó de gran legitimidad a la aprobación de la reforma”, resaltó.

Además, contextualizó estas reformas con el rol posterior del Congreso, que aprobó otras leyes especiales, como la ley nacional del Medio Ambiente, ley de Protección de Glaciares y la ley de Evaluación del impacto ambiental.

Respecto del art. 42, sobre defensa a usuarios y consumidores, indicó que “busca lograr un cuadro de equilibrio para el trato digno al consumidor y que la información provista sea adecuada y eficaz”.

Asimismo, se refirió al art. 75 al señalar que “la concepción anterior a la reforma sobre los pueblos originarios era anacrónica y la reforma permitió reconocer a las comunidades indígenas como aquellos que sostienen rasgos especiales y que conservan sus orígenes. Esta modificación permitió reconocer la propiedad y posesión de las tierras a la comunidad. Este artículo fue aprobado por unanimidad por la Convención”.

Luego del repaso histórico, Roulet se refirió a datos estadísticos en nuestra sociedad y apuntó que “el 77% de la población argentina no conoce la Constitución Nacional y por lo tanto no conoce sus derechos, por lo que es necesario que se brinde cátedra de la Constitución en la enseñanza media”.

Por su parte, Rodolfo Díaz, convencional constituyente por Mendoza, mencionó los aspectos sobre la constitucionalización de la acción de amparo en el art. 43: “Fue uno de los más importantes agregados a la Constitución”.

“Esta incorporación fue fruto de un debate intenso, respetuoso y serio, de una confrontación de ideas distintas en el marco de uno de los puntos habilitados para la reforma”, resumió Díaz.

La Reforma debatió qué se consideraba amparo, si era un control jurídico o un control político. La posición que finalmente resultó fue construida sobre la base de jurisprudencia argentina, siendo la acción de amparo una garantía constitucional y no un control político sino un control jurídico para enfrentar las arbitrariedades.

A su turno, la doctora Marta Velarde, constituyente por Santiago del Estero, mencionó tres aspectos que fortalecieron los valores de la democracia en la reforma: “Los acuerdos políticos como generadores de cambios, el respeto de la tradición democrática, y el fortalecimiento del federalismo de la Nación Argentina”.

Sobre el primer punto, Velarde indicó que “la Reforma constitucional del ’94 fue resultado de un acuerdo de los líderes políticos mayoritarios de ese entonces”. “Este valor entiende que no es posible con imposición ni proscripción, sino con acuerdos políticos entre líderes serios, que pueden producir cambios para el bienestar general”, resumió.

“Además se logró incorporar el Consejo de la Magistratura, distintos organismos de control y tantos otros logros institucionales que dieron más calidad a la democracia”, añadió Velarde.

En tanto, destacó “el valor del respeto por la tradición republicana como sustrato de nuestra identidad nacional” y sostuvo que “la reforma no fue una nueva Constitución sino una reforma que respetó la tradición republicana”.

Velarde también remarcó que “el federalismo se debatió en función de una distribución más equilibrada de la riqueza entre la Nación y las provincias” y afirmó que la Reforma del ´94 “terminó con un viejo pleito sobre el suelo, otorgando a las provincias la propiedad del suelo”.

BALANCE: LOS DERECHOS HUMANOS A 25 AÑOS DE LA REFORMA

Por la tarde, también se realizó un panel bajo la premisa “Los Derechos Humanos a 25 años de la Reforma Constitucional”, presentado por el diputado Eduardo Amadeo.

Este espacio de reflexión tuvo como primer orador al doctor Marcelo Alegre, profesor titular de Teoría General del Derecho y Filosofía de la Universidad de Buenos Aires, quien hizo un repaso de los logros que se reflejaron en la Constitución y los debates pendientes.

“La reforma constitucional del ´94 incorporó avances en materia de Derechos Humanos que deben entenderse como parte de una historia precedente mayor que tiene entre sus hitos grandes logros de la década del ’80”, dijo.

“Primero, el Juicio a las Juntas, porque podemos decir que nuestra democracia está fundada sobre cimientos morales, la decisión de poner fin a la impunidad de los gobiernos dictatoriales. El segundo hito, someter al país a la jurisdicción del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Tercero, una política nacional principista, como por ejemplo la ruptura de las relaciones con la Sudáfrica del Apartheid”, agregó Alegre.

En tanto, sostuvo que “desde siempre hubo una mirada crítica y de deslegitimación, pero los Derechos Humanos son muy importantes para algunos pendientes del Estado, como el logro de políticas públicas hacia minorías invisibilizadas”.

A continuación, Dalila Antúnez, Directora de Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), se refirió a la acción de amparo colectiva de legitimación amplia, consagrada en el artículo 43 de la reforma constitucional como una de las incorporaciones sustanciales.

Antúnez afirmó que “el artículo 43 fue clave para la realización efectiva de los derechos humanos, que la Constitución pone en cabeza del afectado, de las asociaciones y algunos legitimados extraordinarios, como por ejemplo el Defensor del Pueblo”.

“Las acciones colectivas han sido las herramientas que posibilitó que la justicia se pronuncie y remedie una vulneración grave del acceso a la salud, a la educación, entre otras. Y ha sido clave el concepto amplio de la legitimación de quienes pueden iniciar una acción colectiva”, añadió.

Por último, el doctor Alejandro Chehtman, profesor asociado en la Escuela de Derecho en la Universidad Torcuato Di Tella e Investigador del Conicet, contextualizó la incorporación de Derechos Humanos a la Constitución.

“Fue un proceso por el cual los Estados nacionales otorgaron competencias a tribunales internacionales. En este contexto, Argentina enfrenta un problema de diseño institucional que es la relación entre autoridades nacionales e internacionales”, señaló.

Chehtman se preguntó “cómo debe ser la relación entre estos dos sistemas judiciales; el interamericano y el argentino”. “Por momentos, vinculantes y por momentos, dejan de serlo. Es un diálogo abierto para muchos países, sobre el cual nosotros tenemos que seguir discutiendo”, concluyó.

Sobre el cierre del panel, el diputado Amadeo aseguró que “podemos estar bien orgullosos del trabajo que se ha dado a partir de la Reforma del ´94 y todo el camino que ello nos marca para seguir en este campo central de la convivencia y el derecho de las personas”.