JUSTICIA
Comisión Permanente
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Secretario administrativo DRA VILLARES MARIANA
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 0046-D-2009
Sumario: REMUNERACIONES DE FUNCIONARIOS ELECTOS O DESIGNADOS EN CUALQUIERA DE LOS TRES PODERES.
Fecha: 02/03/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 1
Artículo 1°- Las remuneraciones de los funciona-
rios que hayan sido electos o designados en cualquiera de los tres poderes del Estado, sus
organismos descentralizados, empresas y sociedades no podrán superar en ningún caso a
la remuneración establecida para el/la Presidente de la Nación.
Artículo 2°- La remuneración por servicios del/la
Presidente y del/la Vicepresidente de la Nación será fijada por Ley Anual de Presupuesto,
no podrá modificarse durante ese período presupuestario y guardará una relación fija con el
Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente.
Artículo 3º - Los servicios de los miembros de la
Legislatura de la Nación serán remunerados con una dotación que fijará la Ley Anual de
Presupuesto y no podrán ser alterados en el período. No podrán recibir otro emolumento
cualquiera sea su naturaleza y origen. La remuneración que perciban guardará una relación
fija con el Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente.
Artículo 4º - Los Ministros gozarán por sus servi-
cios de un sueldo establecido por la Ley de Presupuesto, que no podrá ser alterado durante
ese período. No podrán ejercer otro empleo ni recibir otro emolumento cualquiera sea la na-
turaleza y origen del mismo. Dicha remuneración guardará una relación fija con el Salario
Mínimo, Vital y Móvil vigente.
Artículo 5º - Los Ministros de la Corte Suprema
de Justicia de la Nación, gozarán por sus servicios de un sueldo establecido por la Ley de
Presupuesto correspondiente a su nombramiento, el que no podrá ser reducido, ni alterado,
conforme el principio constitucional de intangibilidad de sus remuneraciones. No podrán
ejercer otro empleo remunerado a excepción del ejercicio de la docencia universitaria o la
enseñanza superior equivalente, siempre que tales actividades no entorpezcan el normal
desempeño judicial. No recibirán otro emolu-
mento cualquiera sea la naturaleza y origen del
mismo. Dicha remuneración guardará una relación fija con el Salario Mínimo, Vital y Móvil
vigente.
Artículo 6º - La relación fija que guardarán las
remuneraciones de funcionarios descriptas en los artículos precedentes con el Salario Míni-
mo, Vital y Móvil será fijada por el Consejo Nacional del Salario.
Artículo 7º - Toda retribución percibida por el/la
Presidente de la Nación, los empleados de la Administración Nacional, y los funcionarios a
los que hace referencia el Art. 1º deberá ser remunerativa.
Artículo 8º - A partir de la promulgación de la
presente ley, y en un plazo no mayor a un año, todos los códigos no remunerativos que figu-
ren entre los conceptos que integran el haber de la totalidad de los empleados, funcionarios
y magistrados a que hace referencia el artículo 7º de la presente ley, se deberán convertir en
remunerativos.
Artículo 9º - La conversión referida en el Art. 8º
se realizará de tal manera que no implique en ningún caso una rebaja en el sueldo neto del
trabajador.
Artículo 10º - Toda norma que se contraponga a
las disposiciones enumeradas precedentemente queda derogada al momento de promulgar-
se la presente ley.
Artículo 11º - Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Presentamos este proyecto de ley para dar des-
de el Congreso de la Nación un paso en el camino de generar criterios de equidad en la re-
muneración del trabajo en nuestro país, definiendo un vínculo entre la remuneración de los
funcionarios, magistrados y empleados en general de los tres poderes del Estado Argentino
y el Salario Mínimo, Vital y Móvil y eliminando además los códigos no remunerativos de los
salarios.
La Constitución Nacional establece en su artículo
16 que en la Nación Argentina no hay prerrogativas de sangre, ni de nacimiento, ni fueros
personales ni títulos de nobleza. "Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles
en los empleos sin otra condición que la idoneidad. La igualdad es la base del impuesto y de
las cargas públicas". Sin embargo, aquella disposición igualitaria está lejos de plasmarse en
una práctica cotidiana, y en la sociedad argentina conviven dualidades que muestran recor-
tes dramáticos, con habitantes que están fuera de cualquier posibilidad de acceso a una vi-
da digna.
Mucho se ha hablado, desde el origen de la his-
toria, sobre la desigualdad ya sea entre los hombres o entre los pueblos. La ciencia política,
la sociología, el humanismo y el arte la han definido. Nosotros queremos hablar sobre ella a
partir de una imagen: la de un abismo profundo que separa a los más ricos -pueblos y hom-
bres- de los que menos tienen. Los accidentes geográficos se producen por cuestiones que
trascienden el accionar del ser humano y no podemos interferir en su naturaleza; la des-
igualdad, en cambio, es el producto de una distribución injusta de la riqueza entre personas
o naciones que realizan los hombres y las mujeres. Y justamente por ser un abismo creado
por la humanidad es que podemos -o deberíamos poder- modificarlo.
En 2005 un informe presentado por la Organiza-
ción de las Naciones Unidas (ONU) en su sede de Nueva York, se refirió a la situación social
en el mundo durante la década final del siglo XX y afirma que en los años 90, si bien algu-
nas naciones alcanzaron un crecimiento sin precedentes, en la mayor parte de aquellos paí-
ses la pobreza se ha incrementado. Esto
implica mayor riqueza y una desigualdad que
crece proporcional o, peor aún, en progresión geométrica. El mismo informe colocaba a la
Argentina en el listado de las naciones más injustas; lamentablemente, para quienes cono-
cemos la realidad del conjunto de nuestro país, esto no es una novedad.
El economista Bernardo Kliksberg asegura que la
desigualdad actual "tanto a nivel planetario como latinoamericano no tiene antecedentes
históricos, es grosera. Latinoamérica tiene la peor desigualdad del planeta. En Estados Uni-
dos, la diferencia entre el 10 por ciento más rico y el más pobre es de 13 veces, pero en
América Latina es de 50. En Noruega, el país más evolucionado socialmente, es sólo de 6
veces. Durante muchos años el tema de la desigualdad en América Latina fue marginado e
ignorado, lo que llegó a su apogeo en la Argentina de los 90, donde las medidas económi-
cas generaban desigualdad permanentemente. Ahora el tema está en el centro de la esce-
na, primero por una cuestión ética, pero también porque es disfuncional para la economía,
reduce el mercado interno, mata al consumidor y obstruye la capacidad de ahorro nacio-
nal".
En nuestro país debemos concentrarnos en bajar
los niveles de desigualdad. Parece irrisorio hablar de pobreza en un país que unas décadas
atrás era rotulado como "condenado al éxito" por las potencialidades industriales y las con-
diciones productivas de nuestros suelos; no obstante la grotesca realidad nos abofetea evi-
denciando, no sólo que el éxito no es un destino unívoco para nuestro país, sino que la bre-
cha que separa a los ricos de los pobres se profundiza cada vez más. Ante este panorama
las opciones son dos: la primera, sencilla y funcional al sistema, es resignarnos y lamentar la
actual situación aceptándola como algo inevitable; o, por el contrario, empeñarnos por modi-
ficarla a sabiendas de que se trata de distribuir la riqueza con criterios razonables y en esto,
indefectiblemente, intervienen las personas.
En los últimos días del 2008, en ocasión de tra-
tarse el paquete de medidas anticrisis remitido por el Poder Ejecutivo, este Congreso ha de-
batido intensamente y con multitud de fundamentos la necesidad de revertir la intensa crisis
que se cierne sobre nuestro país. Las participaciones más atinadas han dirigido sus argu-
mentos hacia la necesidad de tomar medidas anticíclicas.
Hemos sostenido en diversas intervenciones que
pocas medidas son tan eficaces para combatir un ciclo recesivo como la recomposición de
ingresos a través de un ingreso mínimo garantizado. En el mismo sentido, entendemos que
el incremento del monto actual del Salario Mínimo, Vital y Móvil también sería una medida
de gobierno de impacto inmediato para atemperar la difícil situación que enfrentará nuestro
país de cara al 2009 a través del estímulo del consumo. Una medida de estas característi-
cas sería excepcionalmente bienvenida por la población, toda vez que revierte la tendencia
a crear mayores injusticias en medio de las crisis recurrentes por las que ha atravesado
nuestro país. Pero si se acompaña de un gesto que implique que toda la capa dirigente del
Estado Nacional establece entre ese sueldo básico y su remuneración un vínculo de carác-
ter inamovible y fijado por la Ley, la identificación del ciudadano con las instituciones que lo
representan permitirían a todo el país enfrentar con una fortaleza mayor los difíciles días que
se avecinan.
El concepto central que queremos transmitir y
hacer realidad con este proyecto es el de cultura ética. Generar confianza en el Estado Na-
cional, luego de décadas de decepción, es algo que no se alcanza solo con medidas redis-
tribucionistas. Es necesario que todos los habitantes, dirigentes y representantes incluidos
se comprometan en un modelo de país, en el que las reglas de juego sean las mismas para
todos y los esfuerzos y recompensas guarden una relación justa.
Una vez más, en el desarrollo de su idea de con-
certación social más distribución de la riqueza, Kliksberg plantea la necesidad de adentrar-
nos en una seria discusión colectiva sobre la ética y la economía, pensando en el mediano y
el largo plazo, "como en las sociedades donde la ha habido -Finlandia, Noruega, Suecia,
Holanda, Canadá-, donde la gente ha discutido la eticidad de las políticas públicas, no en
abstracto, donde ha discutido la responsabilidad ética de los actores sociales, de los funcio-
narios, pero también de los empresarios privados, la responsabilidad social de las empre-
sas, de los medios masivos de comunicación. La ética debe regular la economía y hacerle
acordar que la meta última es que la gente debe vivir con más libertad, y que no puede vivir
en libertad si no tiene salud ni agua ni luz. Si la ética empieza a regir la economía, el asunto
de la igualdad surge como tema central", señala el autor.
En un trabajo reciente, Roberto Gargarella ex-
amina la falta de reflexión política-académica sobre las precondiciones económicas del sis-
tema institucional en nuestra sociedad, y señala que resulta notable comprobar que no
siempre fue así, que en el pasado "el acercamiento a estas cuestiones era el opuesto" al
actual; es decir que siglos atrás los dirigentes políticos e intelectuales, fundadores de nue-
vos sistemas institucionales -que a grandes rasgos podríamos inscribir dentro del campo del
pensamiento igualitario-, procuraban reflexionar paralelamente sobre la política y la eco-
nomía, en el entendimiento de que su ideal de república se vinculaba con una sociedad
igualitaria en la que dicho ejemplo ético-político debía proceder desde la propia estructura-
ción estatal.
En idéntico sentido a lo que marcan Gargarella y
Kliksberg, creemos que es el Estado quien debe propugnar el despliegue de aquella cultura
ética que motivar comportamientos sociales diferentes. Es insuficiente perseguir a los eva-
sores y hablar de redistribución de la riqueza; en contraste, es necesario comenzar a esta-
blecer reglas claras desde la administración pública, dando el ejemplo con políticas concre-
tas. De aquí la necesidad de que todos los ingresos de los funcionarios comprendidos por
esta ley sean de carácter remunerativo y por lo tanto sujetos a los aportes y/o retenciones
fijadas por la normativa salarial vigente. Teniendo nuestro país serios problemas de informa-
lidad laboral, con toda su secuela de desfinanciación del sistema de seguridad social y cons-
tituyendo una práctica inmoral e ilegal, no puede ser el Estado quien genere este tipo social
perverso de retribución. Al contrario, deber ser quien irradie a toda la sociedad modalidades
de funcionamiento, en un todo ajustadas a la legislación que él mismo emite.
Es este un año atípico que, pese a la crisis y la
perspectiva de recesión, comenzó con algunas señales auspiciosas en el debate público. La
posibilidad de que se instrumente una boleta única electoral despunta como una forma de
respuesta a la visión crítica que existe hacia la dirigencia política en general: Representan-
tes de diversos partidos presentaron los lineamientos del proyecto de ley para modificar el
Código Electoral Nacional, y cuyo principal punto es terminar con "la multiplicidad de bole-
tas", a cambio de una sola que contenga todos los candidatos. El objetivo es tan simple co-
mo necesario para estos tiempos: Garantizar que el ciudadano pueda votar por quien quiera
y que ese voto luego sea tenido en cuenta, y de esta manera, manifestar el respeto que se
le debe tener al mismo como soberano en un tema tan sensible como es la elección de sus
representantes. Ahora bien, esa iniciativa remite sólo a un acotado aspecto de la necesaria
reforma política que desde la crisis de 2001 se debate y menciona abundantemente pero
sobre la que poco se ha avanzado, en términos de replantear la relación representantes-
representados, para una democracia de nuevas bases. En este marco, creemos hacer un
aporte con el proyecto de ley que impulsamos en el sentido de aumentar la confianza y la
credibilidad del ciudadano en las instituciones públicas. Lo presentamos como una acción
posible con relación a la discusión pendiente sobre la sociedad que queremos.
Se sustenta en principios de eficiencia y econo-
mía en la administración pública y, al mismo tiempo, en los valores de equidad que consa-
gran los principios democráticos. Su articulado permitirá que, en el ámbito de la administra-
ción pública nacional, exista una remuneración de referencia objetiva, que corresponda a la
del/la Jefe de Estado, y una relación fija entre esta y el salario mínimo, vital y móvil, la que
deberá estar determinada por el organismo de consenso encargado de acordar las políticas
salariales de la Nación. Entendemos que un Estado que aspira a ser moderno y eficiente
debe procurar que haya sueldos dignos, que guarden relación con las capacidades y res-
ponsabilidades inherentes a los cargos que ocupan los funcionarios, pero además debe
guardar especial atención a la situación salarial de los ciudadanos, evitando claros ejemplos
de injusticia social y regímenes de privilegio. Este criterio, sobre la necesidad de una remu-
neración adecuada, es válido para todos los integrantes de la administración del Estado, en
tanto demuestren la calidad de desempeño y la honestidad que de ellos se espera.
Esto lleva a plantear también la necesidad de
una profunda reforma estructural del Estado que, entre otras cosas, permita dotar a la admi-
nistración pública de eficiencia; evite superposiciones; mejore las políticas de selección del
personal, privilegiando los concursos públicos y promueva la capacitación junto con las me-
joras progresivas en los sueldos.
Reformas constitucionales provinciales recientes
han establecido que ningún funcionario público, cualquiera sea el poder en que preste servi-
cios, puede percibir una remuneración superior a la fijada para el Gobernador. Suscriben a
estos principios, las últimas reformas de las cartas magnas locales: el artículo 76 de la
Constitución de Provincia de Córdoba (sancionada el 26 de abril de 1987); el artículo 73 de
la Constitución de Provincia de Tierra del Fuego (sancionada el 17 de mayo de 1991).
El gobernador de la Provincia de Santa Fe, Dr.
Hermes Binner, a días de asumir, tomó en febrero de 2008 las medidas necesarias para que
el sueldo del titular del Ejecutivo Provincial sea la escala más alta de la administración públi-
ca local y refrendó la norma que años atrás establecía que su remuneración sea incluida en
el marco de la discusión paritaria para todos los empleados públicos.
No es tampoco ajena a esta iniciativa la propues-
ta presentada por legisladores del Socialismo ante la Convención Constituyente de Entre
Ríos, que proponía que las remuneraciones de funcionarios electos o designados, de cual-
quiera de los tres poderes del Estado, no pudieran superar a la remuneración establecida
para el Gobernador de la Provincia, y a la vez que las remuneraciones de todos los funcio-
narios guardaran una proporción a determinar por ley con el salario mínimo, vital y mó-
vil.
Según publicaron medios de difusión de la pro-
vincia días pasados, el Gobernador de Entre Ríos hizo pública la decisión de ordenar un
recorte de sueldos a los funcionarios en las empresas del Estado y entes descentralizados y
autárquicos: "Nadie podrá ganar más que un ministro del Poder Ejecutivo. Ese valor ronda
los 8.000 pesos de bolsillo. Hay que tener en cuenta que hay sociedades del Estado y entes
de control cuyos directores ganan hasta 18.000 pesos por mes según las remuneraciones
que se autoasignan en los directorios. Ahora los sueldos y honorarios bajan y todos los con-
tratos de servicio cuya modificación no sea lesiva contra los intereses estatales deberán ser
reducidos en la misma proporción." (El Diario, 22 de febrero de 2008)
Desde nuestra representación parlamentaria des-
tacamos la propuesta del Gobernador de nuestra provincia, pero no dejamos de marcar que
la austeridad en la función pública no debe ser una receta para la crisis ni una medida de
excepción surgida del descalabro financiero o del temor a los rumores por una posible emi-
sión de bonos, sino por el contrario, debe ser un aspecto cotidiano de la administración. Así
lo entendimos al proponer dentro de la reforma de la Constitución Provincial una medida que
incluía la propuesta anunciada por el Sr. Gobernador, pero que además iba más allá al es-
tablecer que el sueldo máximo de referencia tenga relación con el salario mínimo, vital y
móvil, porque ésa es la única forma de que se ponga fin a la brecha existente entre lo que
perciben los funcionarios y lo que gana el ciudadano común.
En experiencias de países que han alcanzado un
grado de desarrollo democrático considerable, como España o Suecia, el sueldo del Jefe de
Estado guarda de hecho una razonable relación con el mínimo de la administración pública,
sin establecerlo por ley, pero operando de este modo como referencia objetiva para las res-
tantes remuneraciones. Así, en España el salario mínimo es de 700 euros mensuales y el
Presidente José Luis Zapatero cobra 7.400 euros al mes, lo que da una relación directa de
10 a 1. En el caso de Suecia, una nación que se encuentra al tope de la equidad en la admi-
nistración, con sueldos básicos que se cuentan entre los más elevados de Europa, la rela-
ción es aún menor. En ese país no existe el concepto de salario mínimo fijado por el Estado,
porque las remuneraciones de los trabajadores se negocian en los convenios colectivos de
trabajo de cada ramo, pero nadie cobra menos de 1.890 euros por mes. Un diputado cobra
52.900 coronas al mes, que son unos 5.000 euros, es decir menos de tres veces más. Y el
primer ministro gana 111 mil coronas, o sea algo más de 6 veces más. No estamos postu-
lando replicar experiencias ajenas, desde el momento en que aquellos países tienen otro
esquema legal, que -insistimos- ni siquiera incluye el concepto de Salario Mínimo Vital y
Móvil. Pero sí pensamos que esas escalas pueden ser consideradas como elementos de
referencia para nuestros debates, si es que pretendemos reformular la relación entre repre-
sentantes-representados y a la vez apostar a una democracia cada vez más equitativa.
De la misma manera, en el marco de la crisis
mundial que arrecia por estos días, es destacable la actitud austera que el recientemente
asumido Presidente de los Estados Unidos muestra y exige de las capas dirigentes públicas
y privadas. Una de sus primeras medidas fue que los salarios públicos superiores a los
US$100,000 (29 mil pesos mensuales) anuales no podrán ser aumentados. "Durante este
periodo de emergencia económica, las familias se aprietan el cinturón, y lo mismo debería
hacer Washington", enfatizó el mandatario. "Es por lo que establezco un congelamiento de
salario de mis principales asesores en la Casa Blanca". También fijó hoy un tope salarial
para los ejecutivos de las compañías que reciban asistencia del Estado, que a partir de aho-
ra no podrán cobrar más de medio millón de dólares al año. Al anunciar la medida, Obama
habló de "justicia" y "sentido común".
Como se ha observado reiteradamente, la impo-
sición de sueldos bajos a funcionarios está lejos de ser garantía de transparencia adminis-
trativa, e igualmente erróneo es creer que establecer sueldos elevados impide la corrupción
gubernamental. Las dificultades para encontrar un criterio razonable no pueden soslayar que
una brecha pronunciada entre las remuneraciones para los puestos de responsabilidad en
los sectores privado y público haría escasamente atractiva la administración estatal a las
personas más idóneas y preparadas, que buscarán en la actividad privada una retribución
acorde con su formación y sus responsabilidades. Del mismo modo, obstaculizaría la nece-
saria renovación del personal de la administración pública. Dicha situación sólo permitiría
esperar que la administración del Estado quede reservada a quienes ya ostentan una sólida
posición o, en el peor de los casos, a quienes buscan obtener ventajas económicas de la
función pública y poco les interesa el bien común.
En suma, el equilibrio entre la remuneración de
quien integra la estructura del Estado y los ingresos de los ciudadanos, está mediado por
criterios de equidad y responsabilidad. La
disposición de que el sueldo de referencia del
Presidente sea el más alto entre las remuneraciones que perciben los funcionarios que de-
signa una nueva administración, y a su vez que guarden todos una relación fija con el salario
mínimo vital y móvil establecida por el Ejecutivo y en vigencia a través del Consejo del Sala-
rio, cumple acabadamente con estos requisitos y elimina la posibilidad de que se profundice
la brecha perceptiva existente entre la realidad del destinatario de la labor estatal y de quie-
nes, coyunturalmente, se encuentran al frente de la misma.
Si al establecimiento de esta escala de remune-
ración se le agrega, como mencionamos, una necesaria recomposición de ingresos mínimos
en forma generalizada, comenzaríamos a acercarnos a las condiciones ideales descriptas
anteriormente. Sin embargo, este conjunto de medidas no es suficiente para eliminar distor-
siones en la remuneración de la administración pública. En toda la escala salarial del Estado
sigue existiendo pagos de servicios que eluden diversos tipos de aportes: los llamados códi-
gos "no remunerativos".
A principios del año 2003, cuando los datos arro-
jados por el INDEC aún eran dignos de confianza, el diario Clarín publicaba que el trabajo
"en negro" superaba el 40 por ciento del total de los asalariados, y que según el referido ins-
tituto, sobre 11,8 millones de ocupados, 798.000 eran beneficiarios de planes sociales por
los cuales realizan una contraprestación laboral. Los beneficiarios de esos planes, aunque
realizan una actividad laboral, no cobran un sueldo sino que reciben una "ayuda del Estado"
de 150 pesos y no tienen cobertura de jubilación u obra social. "Son asalariados sin des-
cuento jubilatorio", señalaba el matutino.
Pero la precarización del trabajo va más allá de
las condiciones de quienes reciben planes sociales y es, más bien, una situación lamenta-
blemente naturalizada en la órbita del empleo público, tanto a nivel nacional como en las
provincias. Esta precarización se ve implícitamente legalizada a través de los códigos no
remunerativos en la composición del salario de los empleados públicos, hecho que provoca
situaciones distorsivas que, además de corroer el salario de los trabajadores, impactando en
la mejora por antigüedad, por ejemplo, también repercute directamente en los pasivos.
En los últimos años la Asociación Gremial del
Magisterio de Entre Ríos (Agmer) sistemáticamente ha insistido en la eliminación de los có-
digos "en negro", a punto tal que definió iniciar recursos individuales para conseguir que el
Gobierno blanquee la totalidad del salario de los maestros. A partir de ello, en cada una de
las 17 seccionales de la entidad sindical, los docentes emitieron poderes para habilitar ac-
ciones judiciales contra el Estado provincial.
El Diario de Paraná publicó en julio de 2008 que
según un relevamiento hecho por la Comisión del Salario de Agmer, un maestro entrerriano
sin antigüedad cobra el 50,5 por ciento de su salario en blanco, y el 49,5, por ciento en ne-
gro, sobre una suma total final de bolsillo de 1.358 pesos. De este modo "el Estado, en sus
niveles provincial y nacional, evade aportes al sistema jubilatorio y a las obras sociales que
representan la mitad del salario docente. Por cada salario de maestro, aporta 167,53 pesos,
y evade la misma suma, lo que se traduce en una evasión total de alrededor de 330 pesos,
si contamos los aportes personales y los aportes patronales", dice el informe que firma Víc-
tor Hutt, que ejemplifica claramente la distorsión salarial a la que hacíamos referencia.
El modo en que el Estado reconoce conceptos
integrativos del haber de los empleados en actividad, impacta negativamente a los pasivos,
ya que el porcentual de aportes jubilatorios se deduce sobre los códigos remunerativos, ex-
cluyendo de la base económica para el cálculo de dichos aportes, a los códigos no remune-
rativos o "en negro". De allí que el derecho a percibir un importe de beneficio acorde con los
reales haberes obtenidos en actividad quede transgredido en perjuicio de los legítimos
acreedores a jubilación o pensión.
Para concluir, podemos decir que de implemen-
tarse lo estipulado por este proyecto, como hemos dicho, se establecerá una escala de refe-
rencia transparentando y homogeneizando los escalafones existentes, pero aún más impor-
tante, estaremos avanzando en la transformación de una sociedad que sabemos que debe-
ría ser mejor.
Como lo planteara el diputado socialista Guiller-
mo Estévez Boero, en su lucha incansable por fortalecer las instituciones democráticas, es
un error creer que el problema de la reforma política puede resolverse cambiando a las per-
sonas que detentan el poder, y dejando intactas las estructuras de ese poder injusto.
Por todo lo expuesto, invitamos a nuestros pares
a dar íntegra sanción al presente proyecto que sometemos a consideración de esta Honora-
ble Cámara de Diputados.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
VIALE, LISANDRO ALFREDO | ENTRE RIOS | PARTIDO SOCIALISTA |
LOZANO, CLAUDIO RAUL | CIUDAD de BUENOS AIRES | BUENOS AIRES PARA TODOS EN PROYECTO SUR |
AUGSBURGER, SILVIA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
GEREZ, ELDA RAMONA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
ZANCADA, PABLO V. | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
BARRIOS, MIGUEL ANGEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
SESMA, LAURA JUDITH | CORDOBA | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES |
JUSTICIA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO ZANCADA (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO BARRIOS (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA SESMA (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 2277-D-11 (TP 41) |