ENERGIA Y COMBUSTIBLES
Comisión Permanente
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Secretario administrativo DRA. FERREIRO MARÍA CECILIA
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 7569-D-2006
Fecha:20/02/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 199
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA AMPLIACION DE LA CAPACIDAD DE TRANSPORTE DE GAS NATURAL PARA EL PERIODO 2006 - 2008.-
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional
para que, por intermedio del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y
Servicios, informe lo siguiente:
1) ¿Si la obras de ampliación de
la capacidad de transporte de gas natural 2006-2008, mencionadas en la
Resolución Nº 2008/2006 del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y
Servicios, cumplen con algunos de los extremos considerados en el artículo 9º de la
Ley 26.095, es decir si se definió el proyecto, si se iniciaron las obras, o si los
futuros beneficiarios ya tienen el uso y goce de las mismas?
2) En caso que el proyecto haya
quedado definido, ¿cuáles son las características técnicas del mismo, cuál es el
cronograma de ejecución y cómo se desarrolla en el tiempo el plan de
desenvolvimientos financieros previsto?
3) ¿Si es cierto, tal como lo
señalan los medios periodísticos, que la ampliación prevista recién estará concluida
dentro de ocho años, con habilitaciones parciales cada tres años, es decir que la
primera operará en el 2010, y que los futuros beneficiarios tendrán que comenzar a
pagar sus cargos específicos a partir del 1º de enero de este año?
4) ¿Cuáles fueron los criterios
técnicos utilizados para determinar que los cargos específicos aprobados por la
Resolución ENARGAS Nº 3689/2007, atento a la importancia relativa de esos cargos
frente a las tarifas de transporte firme vigentes y al hecho de guardar una relación
proporcional constante del 380% respecto a las distancias recorridas?
5) ¿La importancia relativa de los
cargos específicos aprobados para esta obra, muestran el nivel de desfasaje de las
actuales tarifas de transporte pesificadas y congeladas para afrontar
inversiones?
6) ¿Cuáles serán los beneficios
financieros o económicos estimados que los aportantes al Fondo Fiduciario, o sea
los adquirentes de la nueva capacidad de transporte firme de gas natural,
obtendrán?
7) ¿Para la adjudicación de las
obras se aplicará un régimen de licitaciones públicas abiertas?
8) ¿Se contempla alguna otra
fuente de financiamiento de las obras distinta de la recaudación de los cargos
específicos? En caso afirmativo, indicar fuente, monto y condiciones.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En el Boletín Oficial de la República Argentina se publico la Resolución
ENARGAS Nº 3689/2007, que dispone la aplicación de cargos específicos para todos
aquellos contratantes directos de capacidad de transporte firme de gas natural
destinados a financiar las obras de ampliación 2006-2008 que habían sido
aprobadas por la Resolución del Ministerio de Planificación Federal, Inversión
Pública y Servicios Nº 2008/2006.
A poco de ahondar en los
antecedentes legales de esta Resolución del ENARGAS, surgen los interrogantes
que ruego sean respondidos por las autoridades pertinentes del Poder Ejecutivo
nacional.
El primer análisis respecto al monto de
los cargos específicos demostró que los mismos representan un 380% de las tarifas
de transporte firme vigentes. Pero sorprendentemente, la proporción se ha
mantenido constante en función de las distancias entre el punto de despacho y el
de recepción, para ambas Transportistas, sin considerar otras variables que podrían
analizarse para una distribución equitativa.
La magnitud de estos cargos
específicos conlleva también a analizar el desfasaje que han sufrido las tarifas
reguladas de transporte de gas natural, luego de su proceso de pesificación y
congelamiento. Ya que ha quedado probado con esta Resolución, que las actuales
tarifas de servicio reguladas son absolutamente insuficientes para financiar
inversión alguna.
Otro aspecto que resulta altamente
preocupante es la información periodística relativa a la capacidad a ser ampliada y
el plazo de terminación de las obras: 22,4 millones de metros cúbicos diarios en un
plazo de ocho años. Los expertos afirman que el mercado actual gasífero ya tiene
un déficit de aproximadamente 30 millones de metros cúbicos diarios y presenta
una demanda creciente, por ello, pensar que recién en ocho años se cubrirá un
parte del déficit actual, agudiza la visión de una profunda crisis energética. Por ello,
resulta necesario contar con información oficial que ayude a analizar estos
problemas esenciales para el crecimiento de nuestro país.
No escapará al elevado criterio del Sr.
Presidente ni de mis honorables colegas Diputados, que la administración de un
fondo que, siempre remitiéndome a informaciones de prensa, recaudaría una suma
del orden de los u$s 2.400 millones, requerirá de un adecuado, claro y transparente
proceso de administración, sobre todo, pensando en el plazo previsto. Resulta
evidente que durante el mismo, a fin de evitar desvíos sobre los costos
presupuestados, se producirán operaciones de acumulación de insumos esenciales
sometidos a las reglas del comercio internacional, tales como las cañerías, válvulas
y demás instalaciones físicas, que exigirán un prudente y afinado proceso de
administración económica y financiera de la obra.
Sin dudas, la opción elegida por el
Ejecutivo Nacional para determinar el nacimiento de las obligaciones de pago de
dichos cargos específicos, que todo parecería indicar que se trata de la primera
opción prevista en la Ley 26.095, es decir a partir de la definición del proyecto,
implica un cambio fenomenal en las reglas de juego que el marco regulatorio de la
actividad venía sosteniendo. En la letra y el espíritu de la Ley 24.076, los usuarios
no debían afrontar pagos vinculados con la realización de nuevas inversiones, sino
hasta el momento en que comenzaban a recibir los beneficios de ellas. Ahora,
parecería que el modelo se encamina hacia la aplicación de mecanismos de ahorro
previo, que retrotraen nuestra mirada al escandaloso plan Megatel.
Llamo también la atención sobre otras
cuestiones que se podrían derivar de la aplicación de estos mecanismos de
recaudación previa tan significativos, que son aquellas que de una manera u otra,
implicarán mayores costos para las empresas productoras de bienes, incluyendo a
las generadoras eléctricas, y que se traducirán en una suba de los precios de dichos
bienes, o en el caso de la generación de energía, tal vez, en mayores subsidios
aportados por el Estado. Ya se ha comprobado que esta carga de subsidios que hoy
soportan las arcas públicas están afectando los presupuestos de los servicios
esenciales que cualquier estado moderno debe brindar: educación, salud,
seguridad.
En definitiva, Señor Presidente, la
cuestión vinculada con estos cargos específicos ha adquirido una dimensión que
excede en mucho los presupuestos asumidos al momento de aprobar la Ley 26.095
y a la que oportunamente me opuse. Atento a todo lo expuesto, considero de gran
importancia que el Poder Ejecutivo nacional brinde adecuada información respecto
de la cuestión y dé respuesta a los interrogantes planteados en el presente pedido
de informes.
Firmantes
| Firmante | Distrito | Bloque |
|---|---|---|
| BULLRICH, ESTEBAN JOSE | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
| MARTINI, HUGO | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
Giro a comisiones en Diputados
| Comisión |
|---|
| ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia) |