ENERGIA Y COMBUSTIBLES
Comisión Permanente
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Secretario administrativo DRA. FERREIRO MARÍA CECILIA
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 6402-D-2006
Fecha:27/10/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 161
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA METODOLOGIA USADA PARA LA EXPROPIACION DE TERRENOS E INMUEBLES POR PARTE DE LA ENTIDAD BINACIONAL YACYRETA(EBY).
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional
que, a través del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios,
tenga a bien informar sobre las siguientes cuestiones:
1. Cuál es la metodología de
tasación, montos desembolsados y superficies de los terrenos e inmuebles
expropiados hasta la fecha por la EBY.
2. Como perjudica a los
intereses de la Argentina las demandas promovidas contra la EBY por la presunta
subvaluación de los terrenos e inmuebles expropiados.
3. Cual es la posición en
argentina en torno a la posición que debería adoptar la EBY ante estas
presentaciones judiciales.
4. Cual es la proyección de
gastos derivados de expropiaciones realizadas por la Entidad Binacional Yacyretá
en el marco del Programa de Terminación de Yacyretá (PTY).
5. Cualquier otra información
que considere pertinente al respecto
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Según informaciones provenientes desde la República del Paraguay, la
Entidad Binacional Yacyretá se encuentra en los últimos meses sometida a
numerosas demandas en su contra, derivadas de la supuesta subvaluación de las
tierras e inmuebles sujetos a expropiación.
El Diario paraguayo
ABC, publicó en su edición del día 10 de octubre que el 6 de febrero pasado, el
entonces asesor jurídico de Yacyretá, Nelson Mora, promovió pago por
consignación contra Cerámica Nuestra Señora de La Encarnación por la afectación
de un inmueble ubicado en Ña’ugua, distrito de San Cosme y Damián. La entidad
ofreció pagar por la propiedad expropiada la suma de 10.750 dólares, a base del
estudio realizado por la Comisión de Tasaciones de la binacional, la cual se
fundamentó en disposiciones legales.
El abogado José Jara Sacarello, en
representación de la cerámica, pidió retirar el dinero depositado en una cuenta
bancaria y presentó una demanda de reconvención. En la misma solicitó la
designación de un perito único para el caso.
El expediente quedó en el juzgado a
cargo del abogado Enrique Mongelós, quien nombró al arquitecto Humberto Souto
dos Santos para que haga una nueva tasación del inmueble expropiado por la EBY.
Según el arquitecto Souto, el valor del inmueble es de US$ 559.821, debido a los
valores de la cantera de piedra, la explotación de arcilla y la explotación de
madera
Entre el precio fijado por la EBY (US$
10.750) y el establecido por Souto (US$ 559.821) existe un incremento de 5.500
por ciento. Según el perito, la propiedad expropiada vale 55 veces más de lo que
quiere pagar la binacional.
En el Poder Judicial paraguayo se
multiplican las demandas contra Yacyretá por las expropiaciones hechas a causa
de las obras principalmente en la zona de Encarnación.
Algunos sectores del país vecino
sostienen que esta metodología se trataría de una estafa orquestada contra la
entidad, a la que se busca usar el Poder Judicial para que a través de sentencias
fraudulentas, condenen a la EBY a pagar los montos establecidos mediante
sospechosos peritajes. Llamativamente, la mayoría de los casos, como el de la
cerámica, caen en un mismo juzgado.
También existen otras causas
entabladas en contra de la entidad. Un perito tasó en 2.562.766 dólares cuatro
fincas por los cuales la EBY, en base a lo que fijó la Comisión de Tasaciones,
ofrece pagar 251.005 dólares. En este caso, se aumento en más de 1.000% el
precio de los inmuebles en cuestión.
El mismo perito, en otra demanda
también en el mismo juzgado concluyó que la entidad debe pagar 2.279.448
dólares por seis fincas expropiadas por las obras que la binacional realiza en la
zona de Encarnación. La EBY dice que los inmuebles cuestan 173.486
dólares.
Asimismo se tasó en 2.524.731
dólares los terrenos expropiados por los que la Comisión de Tasaciones de la
binacional estableció que se debería pagar 228.267 dólares.
Es llamativo el porcentaje
incrementado por los peritos designados por los jueces respecto a los precios de
los inmuebles expropiados por la EBY. Los jueces se escudan en las sospechosas
conclusiones de los peritos únicos para dictar sentencia en perjuicio del patrimonio
de la entidad.
Esto sin duda afecta los intereses de
nuestro país ya que de tener que pagar la EBY estos juicios será la Argentina quien
tenga que financiarlos.
Es por esto que, ante la posibilidad de
que la represa sea, una vez mas, fuente de drenajes innecesarios de recursos de
los ciudadanos argentinos, solicito a mis pares me acompañen en el presente
proyecto de resolución.
Firmantes
| Firmante | Distrito | Bloque |
|---|---|---|
| MACCHI, CARLOS GUILLERMO | CORRIENTES | PARTIDO NUEVO |
Giro a comisiones en Diputados
| Comisión |
|---|
| ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia) |