ENERGIA Y COMBUSTIBLES
Comisión Permanente
Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 131
Secretario administrativo DRA. FERREIRO MARÍA CECILIA
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PROYECTO DE DECLARACION
Expediente: 5475-D-2006
Fecha:19/09/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 135
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA ELIMINAR EL CUPO DE VENTA DE COMBUSTIBLE IMPUESTO POR LAS COMPAÑIAS PETROLERAS A LAS ESTACIONES DE SERVICIO DEL INTERIOR, ESPECIALMENTE A LA PROVINCIA DE JUJUY.
Que el Poder Ejecutivo Nacional
arbitre los medios tendientes a lograr la eliminación del cupo de venta de
combustible impuesto por las compañías petroleras en las estaciones de servicio de
varias provincias del interior, en particular la provincia de Jujuy.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Para justificar la imposición de este
límite de venta, las petroleras no aducen que exista "desabastecimiento", sino que
esgrimen "razones técnicas y logísticas". Esta presunta justificación, debe
contraponerse con la actual política que llevan a cabo las petroleras de "sobre-
exportación", sin atender las necesidades de abastecimiento interno.
Evidentemente esta conducta se encuentra en directa violación de la Ley 17.319
(Ley de Hidrocarburos) que en su artículo 6 impone la obligación de satisfacer las
"necesidades internas" como condición previa a la exportación del producto.
Las petroleras han
impuesto cupos que limitan la comercialización del gasoil en las provincia de Jujuy
y otras del interior del país. Las compañías toman como base para establecer
estas limitaciones, lo que ellos denominan, "demanda habitual". Este estándar con
el que se limita el expendio, no esta en absoluto contextualizado con las
variaciones del consumo de combustible que se produce en las diversas épocas del
año en la diferentes regiones y provincias. De esta manera lo que estas compañías
consideran como "demanda habitual" no se adapta en absoluto a la pluralidad de
las realidades locales y regionales, cada una ellas con diferentes ciclos productivos.
Así, se impacta perjudicialmente las economías locales y regionales cuyos
consumos de combustible es absolutamente variable según las diversas épocas del
año (necesidades estacionales). Debe destacarse que el combustible gasoil, es un
bien no sustituible, haciendo que toda limitación en el consumo devenga
absolutamente perniciosa.
En particular, también se afecta a los
empresarios de las estaciones de servicio, pues en base a la aplicación de esto
cupos, se ha provocado un desabastecimiento en estos centros de expendio que se
encuentran solo vinculados contractualmente con las compañías petroleras. Por
otra parte, las estaciones de servicio que pertenecen a las petroleras, gozan de
stock pleno.
En este panorama,
debe agregarse, que de no modificarse esta situación, se terminará agravando,
aún más, las preocupantes asimetrías económicas regionales de nuestro país, pues
la cupificación de la comercialización del gasoil, solo afecta a algunas provincias.
Por todo lo expuesto es que solicito a
mis pares me acompañen con la sanción del presente proyecto de declaración.
Firmantes
| Firmante | Distrito | Bloque |
|---|---|---|
| NIEVA, ALEJANDRO MARIO | JUJUY | UCR |
| GIUBERGIA, MIGUEL ANGEL | JUJUY | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
| Comisión |
|---|
| ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia) |