PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO
Comisión Permanente 
													
Of. Administrativa:  Piso P02  Oficina 206 
Jefe SR. ABREGO HUGO IVAN
Secretario administrativo SR. CABRERA RUBEN
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Of. Administrativa: (054-11) 60752241 Internos 2241
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 2655-D-2008
Sumario: CREACION DEL PROGRAMA NACIONAL DE EDUCACION PARA LA PREVENCION DE ADICCIONES Y CONSUMO DE DROGAS, OBJETIVOS.
Fecha: 26/05/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 52
	        PROGRAMA 
NACIONAL DE EDUCACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE 
ADICCIONES Y CONSUMO DE DROGAS
	        
	        
	        Articulo 1º.- Todos los 
educandos tienen derecho a acceder a propuestas formativas para su 
salud integral, organizadas  en su escuela a cargo de los organismos del 
estado con competencia específica, en el marco de lo establecido en el 
artículo 14º de la Ley 26.061, de Protección Integral de la Infancia y 
Adolescencia.
	        
	        
	        Art. 2º.- Créase el 
Programa Nacional de Educación para la Prevención de Adicciones y 
Consumo de Drogas, en el ámbito del Ministerio de Educación, Ciencia y 
Tecnología, con responsabilidades concurrentes del Ministerio de Salud,  
la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la 
Lucha Contra el Narcotráfico (SEDRONAR), y la Secretaría Nacional de 
Niñez, Adolescencia y Familia, conforme se detalla en los artículos 6º a 
9º de la presente Ley. 
	        
	        
	        Art. 3º.- El presente Programa 
tiene como finalidad que todos los alumnos de las escuelas públicas, de gestión 
estatal y privada, cuenten con propuestas formativas específicas para desarrollar 
actitudes, saberes, valores y prácticas que contribuyan a prevenir las adicciones 
y el consumo de drogas. 
	        
	        
	        Art. 4°.- Son objetivos del 
Programa Nacional de Educación para la Prevención de Adicciones y   Consumo 
de Drogas:
	        
	        
	        a) Proveer información objetiva, 
actualizada, pertinente y adecuada a la edad y características de los educandos; 
	        
	        
	        b) Diseñar e implementar 
acciones de educación, en el ámbito educativo formal, para  la prevención de 
adicciones y consumo de drogas, de manera gradual, continua y sistemática, a 
cargo de profesionales especializados en los temas y actividades que sean 
necesarios y relevantes.
	        
	        
	        c) Capacitar en materia de 
prevención de adicciones a docentes y otros profesionales y toda otra persona 
que participe en el proceso educativo.
	        
	        
	        d) Promover acciones conjuntas 
con organizaciones gubernamentales y no gubernamentales del área socio 
sanitaria reconocidas oficialmente, para cooperar en la difusión de experiencias 
en materia de prevención y asistencia de adicciones. 
	        
	        
	        e) Organizar una amplia oferta 
de talleres con la finalidad de informar a padres y adultos responsables sobre la 
prevención de adicciones, consumo 
	        
	        
	        de drogas y los factores 
protectores para atenuar los riesgos, así como sobre la detección y tratamiento 
de las adicciones. 
	        
	        
	        Art. 5°.- El Ministerio de 
Educación, Ciencia y Tecnología, en el marco del Consejo Federal de Cultura y 
Educación, tiene la responsabilidad de: 
	        
	        
	        a)	Seleccionar los contenidos y 
elaborar las propuestas educativas para todos los niveles del sistema, incluyendo 
la formación docente; 
	        
	        
	        b)	definir criterios de 
adecuación entre dichas  propuestas y  los programas y actividades vigentes en 
las jurisdicciones; 
	        
	        
	        c)	coordinar su accionar con los 
organismos nacionales competentes, generando condiciones para su articulación. 
	        
	        
	        Art. 6°.- El Ministerio de Salud, en 
el marco del Consejo Federal de Salud,  y el  SEDRONAR, en el marco del 
Consejo Federal de Drogas (COFEDRO), y la Secretaria Nacional de Niñez, 
Adolescencia y Familia, en el marco del Consejo Federal  de Niñez, 
Adolescencia y Familia, articularán los esfuerzos con los gobiernos provinciales 
y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para facilitar la disponibilidad de 
profesionales y equipos técnicos que efectúen las acciones requeridas por las 
autoridades educativas dirigidas a la comunidad.
	        
	        
	        Art. 7°.- Los organismos con 
responsabilidad elaborarán un plan plurianual para la implementación del 
presente Programa, y presupuestarán los recursos necesarios, a los efectos de la 
incorporación de una partida específica. 
	        
	        
	        Art. 8º.- Comuníquese al Poder 
Ejecutivo.
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        	        
Desde el año 2005 rige en nuestro país la Ley 26.061 de "Protección Integral de 
la Infancia y Adolescencia", que en su artículo 14º establece que los organismos 
del estado deberán garantizar, entre otros, el derecho de los niños, niñas y 
adolescentes "a la atención integral de su salud, a recibir la asistencia médica 
necesaria y a acceder en igualdad de oportunidades a los servicios y acciones 
de prevención, promoción, información, protección, diagnóstico precoz, 
tratamiento oportuno y recuperación de la salud". En consonancia con esta 
normativa es que se plantea un Programa Educativo Nacional, que esté orientado 
fundamentalmente a brindar los instrumentos indispensables para garantizar el 
acceso de nuestra infancia y nuestra juventud a una salud integral. En  nuestro 
país rige además la  Ley Nº 23.737, sobre el régimen legal de estupefacientes,  
sancionada y promulgada en 1989, que contempla en su artículo 42° la 
necesidad de involucrar al sistema educativo en la lucha contra este flagelo 
desde la relevante perspectiva de la prevención. Por otra parte  la Argentina ha 
suscripto numerosos tratados internacionales que avalan la adopción de medidas 
en este sentido.
	        
	        
	        El fenómeno de las adicciones y 
del consumo de drogas se presenta cada vez con mayor fuerza en diferentes 
espacios sociales, incluidas las escuelas; con el agravante de que  se renueva día 
a día la gama de sustancias que generan  conductas de abuso y dependencia,  así 
como se amplía  el abanico de  las adicciones.. Aún así no debe perderse de vista 
que el alcohol y el tabaco son las primeras causas de drogadependencia en la 
Argentina.
	        
	        
	         El primer estudio a nivel nacional 
sobre consumo de sustancias psicoactivas, realizado por la SEDRONAR en 
1999 arrojaba como resultado que el alcohol iba a la cabeza de la lista, puesto 
que el 75% de los argentinos comienza a consumirlo a los 18 años, y de estos 1 
de cada 10 antes de los 13. Del mismo estudio también se desprende que el otro 
gran flagelo, junto con el alcohol es el consumo de tabaco, además de toda una 
gama de sustancias ilegales y psicofármacos de venta legal.
	        
	        
	        Recientemente se procesaron 
algunos de los datos del Segundo Estudio Nacional realizado a mediados del año 
2004, los cuales confirman la tendencia:  el alcohol y el tabaco se ubican en un 
lugar preferencial desde el punto de vista de la magnitud del consumo, 
fundamentalmente en poblaciones adolescentes.
	        
	        
	        El alcohol y el tabaco son drogas y 
es necesario que se actúe sobre la prevención de su consumo en la población 
más vulnerable, nuestros niños y nuestros jóvenes, lo que no obsta para operar 
simultáneamente en el mismo sentido sobre el uso de otras,  legales e ilegales, 
que conspiran todos los días contra el futuro de estas poblaciones y de la 
sociedad en su conjunto.
	        
	        
	        Los datos aportados por el 
Observatorio Argentino de Drogas (OAD), dependiente de la SEDRONAR, 
demuestran que el uso de drogas tiene un inicio en edades cada vez más 
tempranas, y que se incrementa gradualmente en el grupo de edad comprendido 
entre los 12 y los  16 años. Es por ello que los niños y los jóvenes se presentan 
como una población vulnerable en la que resulta necesario fomentar instancias 
de comunicación que promuevan la comprensión de esta problemática y 
prioricen a la prevención como estrategia fundamental. El presente programa 
intenta hacerse eco de esta realidad, por lo que entre sus propuestas incluye al 
sistema educativo en su conjunto, implicando a todos sus niveles, propiciando la 
adecuación más eficaz de los contenidos a impartir.  
	        
	        
	        La tarea preventiva también debe 
estar orientada a contrarrestar el incremento de otras conductas dañosas , cuya 
existencia no debe soslayarse ni subvaluarse, como lo son las adicciones al  
juego, la compulsión por Internet, etc.  
	        
	        
	        Es la escuela el ámbito elegido 
para concretar este proyecto, y  por ello el Ministerio de Educación, Ciencia y 
Tecnología, en el marco del Consejo Federal de Cultura y Educación, es el 
órgano más adecuado para la elaboración de las propuestas educativas para 
todos los niveles. La complejidad de las problemáticas abordadas, no obstante,  
hace necesaria la concurrencia de otros organismos del Estado, para el 
asesoramiento, la disponibilidad del cuerpo técnico, la actualización de los 
contenidos y la capacitación de los docentes.
	        
	        
	        La comprensión del fenómeno de 
las adicciones y del uso indebido de drogas, ha llevado a insistir en la 
importancia de dar prioridad a la prevención como estrategia fundamental. La 
prevención plantea como objetivo primordial, promover estilos de vida que 
hagan a los individuos y grupos que conforman la comunidad, menos proclives a 
involucrarse en relaciones problemáticas con las drogas. Por ello es en la 
comunidad educativa en donde hay que diseñar e implementar programas de 
prevención que favorezcan el desarrollo de actitudes, valores y habilidades 
comprometidas con estilos de vida saludables y críticos frente al consumo..
	        
	        
	        Estamos convencidos, además, de 
que es el Estado el que debe constituirse en garante para el cumplimiento de 
estos altos objetivos, para que alcancen al conjunto de la sociedad, sin dejar 
excluidos a los más vulnerables. Es el Estado el que debe estar a la altura de las 
transformaciones sociales más recientes y el que debe colocar a la educación en 
el centro de los objetivos de la justicia social. Para ello debe procurar para los 
niños y jóvenes de nuestra patria, una formación integral, fortaleciendo la 
capacidad de cada uno para definir su proyecto de vida en la plenitud de sus 
capacidades físicas psíquicas y afectivas, para constituirse en un sujeto pleno de 
derechos.
	        
	        
	        Por ello creemos en la necesidad 
de implementar un programa de prevención que actúe a lo largo y a lo ancho de 
nuestro país con el objetivo de dar a todos sus ciudadanos las herramientas 
indispensables para vivir en plenitud y trabajar para un futuro promisorio. 
Sabemos que algunas jurisdicciones ya han implementado en forma orgánica, 
programas con estos objetivos; sabemos también, que muchas escuelas, en 
forma aislada, brindan a su comunidad educativa importantes herramientas en 
esta materia. Sin embargo todos estos esfuerzos serán vanos, si no emprendemos 
desde el Estado Nacional el desafío de pensar un futuro libre de drogas.
	        
	        
	        Por todo lo expuesto solicito a mis 
pares la aprobación del presente Proyecto de Ley.
	          
      
  
 
					
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| RICO, MARIA DEL CARMEN | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO (Primera Competencia) | 
| EDUCACION | 
| PRESUPUESTO Y HACIENDA | 
Giro a comisiones en Senado
					| Comisión | 
|---|
| EDUCACION Y CULTURA | 
| SALUD Y DEPORTE | 
| POBLACION Y DESARROLLO HUMANO | 
| PRESUPUESTO Y HACIENDA | 
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
					| Fecha | Movimiento | Resultado | 
|---|---|---|
| 19/11/2008 | CONTINUACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría | 
| 25/11/2008 | CONTINUACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría | 
| 03/12/2008 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen | 
| 15/04/2009 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría | 
| 06/05/2009 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones | 
| 13/05/2009 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen | 
| 13/05/2009 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen | 
Dictamen
					| Cámara | Dictamen | Texto | Fecha | 
|---|---|---|---|
| Diputados | Orden del Dia 1719/2009 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 2655-D-2008, 0027-CD-2009 y 5558-D-2008 | CON MODIFICACIONES | 20/05/2009 | 
 Trámite 
 
							| Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado | 
|---|---|---|---|
| Diputados | MOCION DE PREFERENCIA CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 2655-D-2008, 0027-CD-2009 y 5558-D-2008 | ||
| Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 2655-D-2008, 0027-CD-2009 y 5558-D-2008 | MEDIA SANCION | |
| Diputados | INSERCION DE LOS DIPUTADOS ACUÑA HOTTON Y GIANNETTASIO | ||
| Senado | PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 2655-D-2008, 0027-CD-2009 y 5558-D-2008 | ||
| Senado | MOCION SOBRE TABLAS (AFIRMATIVA) | ||
| Senado | CONSTITUCION DE LA CAMARA EN COMISION | ||
| Senado | CONFERENCIA | ||
| Senado | CONSIDERACION Y SANCION | SANCIONADO | 
